EL VENDEDOR transfiere AL COMPRADOR; a título de compraventa firme y definitiva; el derecho de dominio los materiales e insumos que se describen en la cláusula segunda del presente contrato; en el marco de las actividades propias del proyecto denominado DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA LA MADURACIÓN DE TECNOLOGÍAS EN SUS ASPECTOS TÉCNICOS Y DE NEGOCIOS EN SECTORES ESTRATÉGICOS PRIORIZADOS POR EL PAED DEL DEPARTAMENTO DE SUCRE.