Contratar la prestación de servicios profesionales de un revisor fiscal; con el fin de ejecutar las actividades propias de la revisión fiscal y en especial; la regladas por el artículo 25 del Decreto 1352 de 2013; así como la supervisión; revisión y aprobación de actividades ejecutadas por el área contable de la Junta; tal como; manejo de cuenta; pagos a terceros; facturación; arqueos de caja; revelación de información y elaboración de presupuestos; estados financieros y demás tareas.