Contratar a la sociedad comisionista de bolsa y establecer las condiciones generales que regirán las relaciones que entre las partes surjan en virtud de los encargos que la entidad estatal confiera a la SCB y cuyos términos generales se describen en la cláusula denominada negocio objeto del encargo; para que la SCB; actuando en nombre propio pero por cuenta de la entidad estatal; celebre operaciones a través de los sistemas de negociación administrados por la bolsa mercantil; según lo permita