El Contratista se obliga a prestar los servicios profesionales en la revisión y/o sustanciación de actuaciones administrativas que le sean asignados; de conformidad con las normas establecidas en la Constitución Política; el CPACA; la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios vigente y las demás concordantes; así como con los procedimientos; posiciones y orientaciones institucionales.