Prestar servicios profesionales a la Dirección de Otras Prestaciones de la ADRES para las actividades relacionadas con la ejecución del proceso de saneamiento definitivo de las cuentas de recobro relacionadas con los servicios y tecnologías de salud no financiados con cargo a la UPC del régimen contributivo según lo dispuesto en el artículo 237 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 521 de 2020; así como las demás normas que los modifiquen o sustituyan.