EL CONTRATISTA: a nombre propio y de manera independiente; es decir; sin que exista subordinación; ni relación laboral en virtud del presente contrato; se obliga a prestar sus servicios profesionales como abogado para los procesos de contratación que adelanta el CLUB MILITAR- SEDE PRINCIPAL; de acuerdo con los documentos del proceso los cuales formarán parte integral del contrato Anexo A.