El COMODATARIO recibe del COMODANTE en préstamo de uso a título gratuito y con cargo a restituir; bienes muebles de propiedad única y exclusiva del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO; sobre los cuales no pesa ningún gravamen o limitación alguna; los mismos se describen con las características y demás especificaciones en el alcance del objeto; para identificarlos en forma clara y precisa.