El Contratista; se obliga a prestar los servicios de vigilancia y seguridad privada en las modalidades de vigilancia fija y móvil con y sin arma y medios tecnológicos al Patrimonio Autónomo Fondo Nacional de Turismo-P. A FONTUR; con el fin de asegurar la protección y custodia de bienes muebles e inmuebles que son entregados al Patrimonio Autónomo en virtud del artículo 22 de la ley 1558 de 2012.