Recaudar y administrar por parte de LA FIDUCIARIA las rentas pignoradas comprometidas para el pago de los empréstitos adquiridos por el Departamento de Antioquia y que exijan garantía de pago a través de un vehículo fiduciario; así como la constitución y administración de los fondos de reserva para el pago del correspondiente servicio de la deuda.